Imputaron a Carrizo «homicidio en criminis causa» contra el remisero Martínez y lo dejaron preso

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El fiscal Juan Carlos Koguc imputó a Joaquín Camilo Carrizo, ser autor del delito de «homicidio en criminis causa» en perjuicio del remisero Juan Carlos Martínez, 65.

Describió que el 5 de abril de 2025, a las 03:05 de la madrugada, Carrizo subió al automóvil de Martínez en la sede de la empresa Remises Cordial, se sentó en el asiento trasero y pidió ser trasladado hacia el Barrio La Cortada de Reconquista.

Cuando transitaban por calle Iriondo hacia el Este, utilizando un cuchillo de 31 cm de largo, le asestó dos puñaladas en el cuello, con la que aseguró la sustracción de dinero y un celular propiedad del remisero, con lo que fugó.

Describió que la muerte fue «inmediata por shock hipovolémico. Murió desangrado».

Refirió a que tiene evidencias para imputarle el Artículo 80 inciso 7º del Código Penal Argentino. Gran cantidad de testimonios recolectados, imágenes, actas de procedimientos varios de la policía, informe de autopsia, resultado de allanamientos, secuestros del teléfono de la víctima y de dos cuchillos, pertenencias personales de la víctima, levantamiento de muestras bajo uñas del imputado, etc.

DEFENSORA

La defensora pública María Noel Severo no realizó ninguna objeción a la detención, aunque anticipó que el imputado niega los hechos. Finalmente, pidió consideración porque el imputado «tiene certificado de discapacidad por retraso mental moderado«, por lo que lleva tiempo explicarle las cosas.

IMPUTADO

Cuando el juez le ofreció la palabra, Carrizo no quiso decir nada.

Tras escuchar a todas las partes, el juez Santiago Banegas confirmó la legalidad de la detención y la imputación formulada por el representante del Ministerio Público de la Acusación.

EL DELITO IMPUTADO

El homicidio en criminis causa es una figura penal contemplada en el artículo 80, inciso 7, del Código Penal Argentino, que refiere al acto de matar con la intención de facilitar, consumar u ocultar otro delito, asegurar sus resultados, o garantizar la impunidad del autor o de terceros; y se reprocha con prisión perpetua.

Terminada la audiencia imputativa, el juez abrió un cuarto intermedio para que la defensora pueda conferenciar en privado con el imputado, antes de discutir las medidas cautelares.

MEDIDAS CAUTELARES

El fiscal le anunció al juez que habló con la defensa y aceptaba la prisión preventiva sin plazo determinado, acordando también la realización de una junta médica para que se expida sobre la salud mental del imputado. Eso fue ratificado por la defensora.

Tras escuchar a las partes, el juez Banegas dispuso la prisión preventiva y la realización de la Junta Médica «para determinar la capacidad procesal y de culpabilidad del imputado», la que estará a cargo del médico forense Horacio Goldaráz, quien podrá convocar a los profesionales que considere necesario, con la participación de los profesionales que designen los litigantes.

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Joaquín Camilo Carrizo.
FUENTE :RECONQUISTAHOY